INVERSIÓN

Régimen especial – Decreto 524/2025

La ciudadanía argentina por inversión se encuentra regulada por el Decreto 524/2025, que reglamentó el marco legal del régimen en julio de 2025, estableciendo una vía excepcional destinada a extranjeros que realicen una inversión significativa en el país, conforme a los criterios que determine el Ministerio de Economía.

Este régimen constituye un programa especial y diferenciado, sujeto a condiciones propias.

Autoridad de aplicación

El Decreto 524/2025 creó la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión (APCI), organismo descentralizado en el ámbito del Ministerio de Economía, que será responsable de:

  • Recibir las solicitudes de ciudadanía por inversión.

  • Evaluar el cumplimiento de los requisitos económicos y legales.

  • Coordinar la intervención de los distintos organismos estatales involucrados.

En el marco del procedimiento, intervienen, entre otros:

  • Dirección Nacional de Migraciones (DNM)

  • Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE)

  • Ministerio de Seguridad

  • Unidad de Información Financiera (UIF)

  • Registro Nacional de Reincidencia

  • Registro Nacional de las Personas (RENAPER)

Programa estratégico y estado actual

Luego de la reglamentación del régimen, el Gobierno nacional impulsó una licitación internacional para que una empresa privada especializada diseñe y opere el programa de ciudadanía por inversión, bajo supervisión estatal, con un esquema comparable al programa EB-5 de los Estados Unidos.

Actualmente:

  • Existen empresas en competencia para gestionar el programa.

  • Se encuentran pendientes de definición aspectos centrales como:

    • montos mínimos de inversión,

    • reglas operativas,

    • costos del programa,

    • plazos y condiciones de otorgamiento.

  • Si bien la APCI fue creada y cuenta con asignación presupuestaria, el programa aún no ha iniciado formalmente su funcionamiento, encontrándose en una etapa preliminar de implementación.

Consideraciones clave

  • La ciudadanía por inversión no es automática ni discrecional.

  • Requiere acreditar una inversión significativa, cuyo alcance será determinado por la autoridad competente.

  • Es indispensable justificar el origen lícito de los fondos y superar controles financieros, migratorios y de seguridad.

  • Hasta tanto el programa no se encuentre plenamente operativo, no es posible iniciar solicitudes formales, aunque sí realizar evaluaciones preliminares de elegibilidad.

Asesoramiento legal previo

Dada la complejidad normativa, el volumen económico involucrado y el carácter aún incipiente del programa, la ciudadanía argentina por inversión requiere un análisis jurídico y estratégico previo, orientado a:

  • evaluar la viabilidad del perfil del inversor,

  • anticipar exigencias regulatorias,

  • estructurar correctamente la inversión,

  • evitar demoras o rechazos futuros.

Nuestro estudio brinda asesoramiento legal integral y preventivo, acompañando al inversor desde la etapa de análisis hasta la eventual presentación del trámite, una vez que el régimen se encuentre plenamente operativo.